Son DERECHOS del alumnado:
Los alumnos/as de este Centro Educativo tienen todos los derechos inherentes a la persona y los que derivan de su propia condición de discentes, como son:
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1) Derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza.
2) Derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
3) A la no discriminación por razones de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas o psíquicas o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
4) Derecho a que su rendimiento sea evaluado conforme a criterios de plena objetividad.
5) Derecho a que se les respete su integridad física, moral y su dignidad personal.
6) Derecho a desarrollar su actividad académica en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
7) Derecho a participar en la actividad escolar, en el funcionamiento y en la vida de los centros, y en la gestión de los mismos.
8) Derecho a elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a los delegados/as de los grupos.
9) Derecho a ser informados por los miembros de la junta de delegados y por los representantes de las asociaciones de alumnos.
10) Derecho a recibir orientación escolar y profesional.
11) Derecho a asociarse creando asociaciones, federaciones, confedera-ciones de alumnos y cooperativas.
12) Derecho de reunión para actividades de carácter escolar o extraescolar.
13) Derecho a recibir ayudas precisas para compensar posibles carencias familiares, económicas y socioculturales que puedan llevarle a no poder par-ticipar de la vida académica.
14) Derecho a utilizar las instalaciones del centro con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y las
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precauciones necesarias, en relación con la seguridad de las personas y la adecuada conservación de los recursos.
15) Derecho a la manifestación de la discrepancia ante decisiones y acon-tecimientos académicos, culturales o sociales dentro de los cauces legales.
16) Derecho a recibir las clases con arreglo al horario establecido, aún cuando se pierda el derecho a la evaluación.
17) Derecho a fijar, de acuerdo con el profesor/a tutor y el profesorado de las diferentes áreas o materias, las fechas más idóneas, dentro de los plazos establecidos, para la realización de pruebas, controles o exámenes para las evaluaciones.
18) Derecho a conocer los resultados de los instrumentos de evaluación que ha realizado con su calificación correspondiente.
19) Derecho a conocer, a través del tutor y de sus representantes en las sesiones de evaluación, la valoración global que de ellos tienen los diferentes profesores y a plantear soluciones a los problemas del grupo.
20) Derecho a tener un proceso de mediación escolar a petición propia o cuando le sea solicitado por el órgano competente del centro.
21) Y todos aquellos derechos que el ordenamiento jurídico les atribuya.
Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a respetar estos derechos del alumnado. Ante el incumplimiento de alguno de estos derechos por parte de algún miembro de la Comunidad Educativa, se han de seguir los cauces preceptivos que pasan, por este orden, por: el tutor/a del grupo, la Jefatura de Estudios y el Consejo Escolar a través de sus representantes.
Son DEBERES del alumnado:
De entre los deberes que vienen explicitados en el Decreto 292/1995 antes citado, se deben resaltar los siguientes:
1) El deber de estudiar: el estudio constituye un deber básico de los alumnos/as. Este deber se extiende a las siguientes obligaciones:
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a) Asistir a clase puntualmente y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio, aportando el material necesario para cada materia.
b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del Centro, permaneciendo en el aula durante las horas que tiene asignadas como lectivas.
c) Seguir las orientaciones del profesorado en relación a su aprendizaje y mostrarle el máximo respeto y consideración, al igual que al resto de los miembros de la Comunidad Educativa.
d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
e) Respetar las cuestiones educativas planteadas por el profesorado y el resto del alumnado, y realizar las pruebas que se le propongan.
2) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones ideológicas, reli-giosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
3) No discriminar a ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social.
4) Respetar el Proyecto Educativo y el carácter propio del Centro.
5) Cuidar y utilizar correctamente el mobiliario, el material didáctico, los recursos pedagógicos y las instalaciones del Centro, así como respetar las pertenencias de los otros miembros de la Comunidad Educativa.
6) Participar en la vida y funcionamiento del centro.
7) Respetar el documento de Normas de Organización y Funcionamiento así como las decisiones del Consejo Escolar, Director, Jefe de Estudios, Tutores y demás profesores.
8) Presentar a sus padres, madres o tutores los boletines o informes de calificaciones, evaluación y asistencia, y a reintegrarlos al tutor/a convenientemente firmados en el plazo previsto.
9) Abstenerse de escribir o modificar los partes de faltas, boletines de calificaciones, informes de evaluación, comunicaciones por escrito y todo tipo de documento oficial que el Instituto le hubiera entregado.
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La participación de los alumnos en el ámbito de su grupo, curso, etapa y centro se hará, respectivamente, a través del delegado de grupo, curso, etapa y los alumnos representantes en el Consejo Escolar.